El funcionario reemplazará a Alejandro Vilches, quien dejó el cargo...Leer más
El Poder Ejecutivo deberá aplicar las medidas previstas en la...Leer más
El gobernador Martín Llaryora presentó una nueva etapa del programa...Leer más
El espacio municipal reunió a niños, niñas, familias y docentes...Leer más
El procedimiento se realizó en barrio Nicolás Avellaneda, en inmediaciones...Leer más
La iniciativa busca regular el ejercicio de la cosmetología, cosmiatría...Leer más
[Tips Legales] Amparo por mora: Qué hacer cuando el estado no te responde
Presentaste un trámite, te dieron un número de expediente y te dijeron que esperes. Pasan los meses y no hay respuesta. Ni un sí ni un no.
Escribe: Abogada Valeria Montenegro
Es una situación que se repite todos los días: una jubilación o una pensión que no sale, un reclamo presentado ante un organismo público que queda cajoneado. Mientras tanto, la persona espera y el tiempo corre en su contra.
Lo que muchos no saben es que la Administración Pública tiene la obligación de responder, y que la ley prevé una herramienta concreta para cuando no lo hace: el amparo por mora.
¿Qué es el amparo por mora?
Es una acción judicial que se presenta cuando un organismo público deja vencer los plazos que tiene para resolver un trámite y no se pronuncia.
A nivel nacional está previsto en el artículo 28 de la Ley 19.549 de Procedimientos Administrativos. En la Provincia de Córdoba, para los organismos provinciales, rige la Ley 8508.
Dicho en simple: el juez no decide si tenés razón o no en tu reclamo. Lo que hace es ordenarle al organismo que te responda dentro de un plazo. Parece poco, pero en muchos casos es lo que destraba un expediente que llevaba meses sin moverse.

¿Cuándo se puede usar?
Cuando el organismo dejó vencer el plazo que tenía para resolver. Y si no hay un plazo fijado para ese trámite en particular, cuando la demora ya excede lo razonable.
¿Y si el problema es con mi prepaga u obra social?
Acá hay una confusión muy común. El amparo por mora sirve frente al Estado y sus organismos. No se usa contra una empresa de medicina prepaga ni contra una obra social sindical, que no forman parte de la Administración Pública.

Qué podés hacer
Guardá siempre la constancia de tu trámite: número de expediente, fecha de presentación y toda la documentación que entregaste. Sin esas pruebas, cualquier reclamo posterior se complica.
Si el plazo ya venció y no tenés respuesta, no te quedes esperando indefinidamente. Asesorate con un abogado de tu confianza para evaluar cuál es la vía adecuada en tu situación.
Esperar sin hacer nada también tiene un costo.
Conocer tus derechos es el primer paso para defenderlos
- Abogada Valeria Montenegro M.P. 4-697 M.F. T°507 F° 77
Instagram: abogadavaleriamontenegrovm
Celular 3534271885
Leandro N. Alem 382 Villa María