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[Inédito] Absolvieron a peón rural que mató una vaca por hambre: le habían negado el sueldo
En un fallo inédito, la Sala I del Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires, absolvió el miércoles 30 de marzo a un peón rural que el 23 de septiembre de 2020 mató y faenó a una vaca del establecimiento rural donde trabajaba, de la empresa Argentierra S.A., ubicado en el partido de Coronel Dorrego, al sur de la provincia de Buenos Aires.
En su fallo, el tribunal consideró que el acusado se encontraba justificado por “situación económica apremiante y el hambre padecido por los tres hijos de su pareja”.
En el momento del hecho, el trabajador –que había sido condenado a cuatro años por este hecho– estaba enfermo de Covid-19 y le había pedido al patrón el sueldo para comer él y su familia, recibiendo como respuesta que espere un poco más.
El acusado aportó capturas de pantalla whatsapp con el diálogo con los encargados del establecimiento rural.
Los hechos
El hecho ocurrió el día 23 de septiembre de 2020, en un campo a 45 kilómetros del ejido urbano, perteneciente a la empresa Argentierra, cuando el trabajador del campo mató, faenó y se llevó la carne de un animal Aberdeen Angus colorado de 250 a 300 kilogramos ante la situación de hambre desesperante que sufrían él y su familia.
Antes de tomar esa decisión, el trabajador –quien se encontraba enfermo de Covid-19– le había pedido el sueldo al patrón para comer él y su familia, recibiendo como respuesta que esperara un poco más.

Condena y absolución
En el juicio por su accionar el fiscal le pidió pena al sostener que no advertía cuál era el mal que el imputado quería evitar o que el mal no era inminente, luego de lo cual el tribunal lo condenó a cuatro años de prisión por abigeato calificado, por ser cometido por quien se dedica a la crianza y cuidado de ganado.
Luego, la defensa recurrió la condena de prisión y pagó una multa de $60.000, y la Sala I del Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires decidió absolver al trabajador acusado por considerar que se encontraba justificado por “una situación económica apremiante del autor y el hambre padecido por los tres hijos de su pareja”.
Entre sus fundamentos, el tribunal consideró, en primer lugar, que “el acusado que invoca el estado de necesidad no tiene la carga de probarlo, aun cuando la excusa alegada no aparezca probable o sincera”.
También especificó que “no corresponde la condena si la defensa alegó un estado de necesidad basado en una situación económica apremiante del autor y el hambre padecido por los tres hijos de su pareja, y la hipótesis de la acusación no es capaz de refutarlo y explicar lo sucedido en forma coherente”.
Fuente: Anred