Karina Bruno presentó un proyecto para que los candidatos digan si tienen o no causas penales pendientes

Por iniciativa de la Concejal Karina Bruno , el Bloque Vamos Villa María presento un proyecto que establece la obligación a todos los candidatos de presentar una declaración jurada sobre si tienen o no causas penales pendientes.

El Bloque opositor presento un proyecto que modifica un artículo del régimen electoral local, agregando una exigencia de presentación para cada candidato, en todos los cargos, para que presenten una declaración jurada sobre si tienen o no causas judiciales penales pendientes, y de tener alguna, detalle sobre que delito se trata , en qué estado esta, cuál es su situación procesal, y donde esta radicada.

El proyecto establece : “Art.20o. – DATOS Y DECLARACIONES JURADAS. Los partidos políticos presentarán juntamente con el pedido de oficialización de las listas, la aceptación personal para el cargo que se postulan, la que deberá contener los datos de filiación completos de cada uno de los candidatos, incluyendo el ultimo domicilio electoral.

Asimismo deberán presentar en forma individual, para cada una de las candidaturas, una Declaración Jurada de Carencias de Causas Judiciales Penales Pendientes.

En caso de poseer causas judiciales penales pendientes, en dicha Declaración se deberá indicar en que fuero  – federal o provincial – , caratula, situación procesal actual, delito que se le atribuye, y autoridad judicial interviniente.

La Junta Electoral Municipal deberá hacer pública la Declaración Jurada de Carencias de Causas Judiciales Penales Pendientes de cada uno de los candidatos, mediante comunicación oficial a los medios de prensa”.

En los fundamentos del proyecto se señala que mediante el mismo se busca dar una mayor claridad respecto a la información relacionada a cada candidato, con el fin que la ciudadanía conozca acabadamente quien es cada uno de los postulante, las calidades que reúnen, fundamentalmente en lo que hace si los mismos están o no incursos en causas judiciales penales pendientes.

“Creemos que es de vital importancia que los ciudadanos sepan quien es quien en cada lista que se presente, que puedan evaluar en forma integral a la hora de la decisión de quien va a conducir los destinos de la ciudad, poner en valor que no todo es lo mismo.

Y que además esa información sirva para evaluar si le confiarían el gobierno y el manejo de los fondos públicos a algún candidato que tenga causas judiciales penales  pendientes, por eso, además de la presentación jurada ante la Junta Electoral Municipal, esta última deberá hacer público dichos datos para que así todos los vecinos conozcan si los candidatos que se presentan a la elección tienen o no antecedentes judiciales”, puede leerse en los fundamentos del proyecto.

“El conocimiento público de la información que se requiere en esta declaración jurada es fundamental , porque no se trata de cumplir con un requisito, se trata de que los villamarienses sepan a quienes van a votar”, sostuvo Bruno

En tiempos en que la ciudadanía en general siente una distancia con el conjunto de la dirigencia política, sin distinción partidaria alguna, debemos realizar todas las acciones que estén a nuestro alcance para demostrar transparencia, legitimidad, idoneidad, y legitimo interés en llegar al gobierno para resolver los problemas de la gente.

Poner en conocimiento de la ciudadanía esta información sobre los candidatos, es permitir que los vecinos elijan en plena conciencia y libertad.

Ningún candidato debe sentirse condicionado por esta norma, por el contrario, le da la tranquilidad de ponerse en consideración plena de la ciudadanía con la tranquilidad de cómo llega a su candidatura. Quien nada tiene que esconder nada teme.

Los abajo firmantes en nuestro carácter de Concejales de la Ciudad, integrantes del Bloque Vamos Villa María, venimos a presentar un Proyecto de Ordenanza que modifica el art. 20 de la Ordenanza No. 3975, a los fines de ampliar la información que deben presentar los candidatos a los cargos electivos de las elecciones municipales.

La ordenanza 3975 regula tanto la organización y funcionamiento de la Junta Electoral Municipal, como todo lo relativo al procedimiento electoral de nuestra ciudad, estableciendo un verdadero régimen al respecto.

Entre otras cosas fija que deben presentar los Partidos Políticos ante dicho órgano, al momento de la presentación, para su oficialización, de la lista de Candidatos.

Hasta hoy, según el art. 20 de la referida ordenanza, esa presentación contemplaba los datos filiatorios generales de todos los postulantes y el ultimo domicilio electoral, textualmente el artículo expresa: Art.20o. – DATOS. Los partidos políticos presentarán juntamente con el pedido de oficialización de las listas, los datos de filiación completos de sus candidatos y el ultimo domicilio electoral”.

Con el proyecto que hoy presentamos buscamos dar una mayor claridad respecto a la información relacionada a cada candidato, con el fin que la ciudadanía conozca acabadamente quien es cada uno de los postulante, las calidades que reúnen, fundamentalmente en lo que hace si los mismos están o no incursos en causas judiciales penales pendientes.

Por ello, a la aceptación del cargo y los datos filiatorios, proponemos se sume que cada candidato para cada uno de los cargos, deba presentar una Declaración Jurada de que carece de causas judiciales penales  pendientes, y , en caso de tener alguna, detalle de que causa se trata, si se encuentran en la justicia provincial o federal, que delitos involucra, en qué estado está la causa , y cuál es la situación procesal en ella del candidato.

Creemos que es de vital importancia que los ciudadanos sepan quien es quien en cada lista que se presente, que pueda evaluar en forma integral a la hora de la decisión de quien va a conducir los destinos de la ciudad, poner en valor que no todo es lo mismo, y que además esa información sirva para evaluar si le confiarían el gobierno y el manejo de los fondos públicos a algún candidato que tenga causas judiciales penales pendientes, por eso, además de la presentación jurada ante la Junta Electoral Municipal, esta última deberá hacer público dichos datos para que así todos los vecinos conozcan si los candidatos que se presentan a la elección tienen o no antecedentes judiciales n causas penales.

En tiempos en que la ciudadanía en general siente una distancia con el conjunto de la dirigencia política, sin distinción partidaria alguna, debemos realizar todas las acciones que estén a nuestro alcance para demostrar transparencia, legitimidad, idoneidad, y legitimo interés en llegar al gobierno para resolver los problemas de la gente.

Poner en conocimiento de la ciudadanía esta información sobre los candidatos, es permitir que los vecinos elijan en plena conciencia y libertad.

Ningún candidato debe sentirse condicionado por esta norma, por el contrario, le da la tranquilidad de ponerse en consideración plena de la ciudadanía con la tranquilidad de cómo llega a su candidatura. Quien nada tiene que esconder nada teme.

Por todo lo expuesto, y ante la inminencia del proceso electoral en curso de cara a las próximas elecciones municipales, y la importancia del tema puesto en consideración, es que solicitamos la aprobación del presente Proyecto.

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Villa María sanciona con fuerza de Ordenanza:

Art. Nº 1.- MODIFIQUESE el articulo 20 de la Ordenanza No. 3975, el que quedara redactado de la siguiente manera:

“Art.20o. – DATOS Y DECLARACIONES JURADAS. Los partidos políticos presentarán juntamente con el pedido de oficialización de las listas, la aceptación personal para el cargo que se postulan, la que deberá contener los datos de filiación completos de cada uno de los candidatos, incluyendo el ultimo domicilio electoral. Asimismo deberán presentar en forma individual, para cada una de las candidaturas, una Declaración Jurada de Carencias de Causas Judiciales Penales Pendientes. En caso de poseer causas judiciales penales pendientes, en dicha Declaración se deberá indicar en que fuero  – federal o provincial – , caratula, situación procesal actual, delito que se le atribuye, y autoridad judicial interviniente

La Junta Electoral Municipal deberá hacer pública la Declaración Jurada de Carencias de Causas Judiciales Penales Pendientes de cada uno de los candidatos, mediante comunicación oficial a los medios de prensa”.

Art. Nº 2.- Protocolícese, comuníquese, publíquese, dese al registro y Boletín Municipal, y archívese.

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