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Concejal del Bloque Vamos Villa María presentó un Proyecto de Ordenanza sobre adhesión a Ley Lucio
El proyecto de Adhesión a la Ley Lucio, que fuera presentado por el Bloque Vamos Villa María antes de terminar su gestión, a iniciativa de la Concejal Natalia Gonzalez, (hoy presidenta del Bloque Juntos por el Cambio) complementa y modifica la ley 26061 que es la ley de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes.
Tiene como objetivo la prevención y detección temprana de situaciones de vulneración de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, manifestó González.
La ordenanza aprobada en la última sesión ordinaria del 2023, no sólo prevé la adhesión a la Ley Lucio, sino también ordena al Ejecutivo elaborar un Protocolo de aplicación y designar el área encargada para su cumplimiento.
La normativa a la cual se adhirió por unanimidad CREA EL PLAN FEDERAL DE CAPACITACIÓN SOBRE DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES, un plan continuo, obligatorio y permanente, enfatizó Gonzalez.
Establece una capacitación obligatoria para todas las personas que ejercen la función pública en el Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial, que sean corresponsables en el sistema integral de promoción y protección de los derechos de los niños.
También en el marco de convenios que se realicen, pueden ser destinatarios de la capacitación agentes municipales, instituciones recreativas, organizaciones sociales, educativa o culturales, capacitaciones que serán obligatorias, pero también se prevén que organismos no obligados a la capacitación, puedan realizarla de manera optativa, dijo la edil.
Asimismo, dispone que se deberán realizar desde el Estado campañas de concientización que ayuden a detectar y prevenirel maltrato y violencia contra niños, niñas y adolescentes, y dónde denunciarlo, y que además esten direccionados a empoderar a los niños en sus derechos.
La norma reglamentaria establece que estas campañas de concientización tienen que realizarse en lenguaje claro y asegurar el acceso a personas con discapacidad, dijo Gonzalez.
Dentro de los principios rectores de la normativa: se enumera velar por el real cumplimiento de la convención de los derechos de los niños, propiciar la perspectiva de género, recomendar en caso de ser necesario, la protección de los datos de los denunciantes y el respeto del niño a ser oído de acuerdo al principio de la autonomía progresiva, proceso por el cual los menores de edad van pudiendo ejercer sus derechos por si mismos de acuerdo a su edad y grado de madurez.
Cada organismo y organización que haya firmado convenio para la realización de la capacitación, deberá informar trimestralmente sobre la evolución de este plan de capacitación.
La ley enfatiza en el deber de comunicar una vulneración o amenaza de derechos y el deber de recibir y tramitar una denuncia por parte del funcionario público, pudiendo ser anónima.
La ley lleva ese nombre por Lucio Dupuy, el niño de 5 años que murió a manos de su madre y la pareja de esta por golpes, abusos y torturas. El caso Lucio es el caso de infanticidio más terrible conocido, por toda la violencia que salió a la luz del caso, y porque también puso en evidencia un sistema burocrático, ineficiente del estado, con falencias imperdonables, tanto en el sistema policial como judicial, cuando de lo que hablamos es lo más valioso de una sociedad: los niños, lamentablemente nuestra ciudad, también ha sido testigo del horror con el caso del niño Emiliano mesa, refirió la edil.
Al aprobarse la ley, el abuelo de Lucio, que enarbolo con gran templanza todo el proceso de tratamiento legislativo dijo «La sensación cuando se aprobó la ley todavía la tengo en el cuerpo. Es una satisfacción muy grande, pero acompañada de dolor. Esta ley ya no le sirve a Lucio, pero sí a muchísimos otros chicos», y agregó Gonzalez que como tantas otras leyes que llevan el nombre de sus víctimas: ley micaela, ley brisa.
Para concluir, manifestó la Concejal Gonzalez que capacitarnos y formarnos en defensa de los derechos de la niñez, es una temática que tiene que encontrarnos trabajando juntos, en pos de garantizar que nuestros niños, puedan crecer, jugar, educarse, desarrollarse de manera sana, en una sociedad libre de violencia.
Los concejales abajo firmantes, integrantes del Bloque Vamos Villa María, venimos a acompañar para su estudio, tratamiento y posterior aprobación un Proyecto de Ordenanza para ADHERIR en nuestra ciudad a la Ley Lucio.
La Ley aprobada recientemente, tiene como objetivo la prevención y detección temprana de situaciones de vulneración de los derechos de los niños, niñas y adolescentes. La norma busca modificar la ley 26.061 brindando herramientas a fin de detectar y prevenir casos de violencia contra niños y adolescentes
Se establece una capacitación obligatoria para todas las personas que ejercen la función pública en el Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial.
Asimismo, establece que los Poderes Ejecutivo y Judicial actuarán articuladamente para la creación de un protocolo que establezca las formas de actuar de las fuerzas de seguridad, organismos de la niñez y jueces con competencia en familia.
Asimismo, dispone que se deberán realizar desde el Estado campañas de concientización que ayuden a detectar y prevenirel maltrato y violencia contra niños, niñas y adolescentes, y dónde denunciarlo.
Se prevé la obligatoriedad de la implementación de laLínea 102 en todo el territorio argentino para la promoción de derechos de las infancias y la atención gratuita.
Una herramienta esencial que incorpora la ley es la reserva de identidad, de aquellas personas que realizan alguna denuncia de maltrato infantil.
La ley lleva ese nombre por Lucio Dupuy, el niño de 5 años que murió a manos de su madre y la pareja de esta por golpes, abusos y torturas.
Por la importancia de lo expuesto, es que solicitamos la aprobación del presente proyecto de ordenanza
Artículo 1º.- ADHIERASE en la Ciudad de Villa María a las disposiciones de la Ley Lucio.-
Artículo 2º.– El Departamento Ejecutivo Municipal deberá reglamentar esta Ordenanza elaborando un Protocolo de aplicación y designar el área encargada para su cumplimiento.
Artículo 3º.- Protocolícese, comuníquese, publíquese, dese al Registro y Boletín Municipal y archívese