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[VIDEO] ¿Qué cobrás si renunciás hoy a tu trabajo en Argentina?
Cuando una persona renuncia a su trabajo en Argentina, se extingue la relación laboral. A diferencia del despido, en este caso no corresponde indemnización, pero sí hay derechos que el empleador debe cumplir, ya que la decisión de finalizar el contrato de trabajo emana del empleador.
Escribe: Abogada Valeria C. Montenegro
Al momento de la renuncia, el trabajador tiene derecho a cobrar:
- Días trabajados del mes en curso: Es decir, el sueldo proporcional hasta el último día efectivamente trabajado.
- Aguinaldo proporcional (SAC): Corresponde la parte del aguinaldo generada en el semestre hasta la fecha de renuncia.
- Vacaciones no gozadas: Se deben pagar de forma proporcional los días de vacaciones que hayas generado en el año y aún no hayas tomado.
- Horas extras y otros adicionales pendientes: Todo concepto que ya esté devengado y no se haya abonado (horas extras, comisiones, premios, etc.).

Importante:
- La renuncia siempre debe hacerse por escrito, preferentemente mediante telegrama laboral gratuito, para que quede constancia legal.
- El empleador debe abonar la liquidación final dentro de los 4 días hábiles de la fecha de renuncia.
- Si no cumple, el trabajador puede reclamar judicialmente lo adeudado.
En resumen: si renunciás, no cobrás indemnización, pero sí todos los haberes generados hasta ese momento (sueldos, vacaciones y aguinaldo proporcional). Si en tu relación hay problemas de registración, pagos, acoso laboral, es importante que previo a renunciar te asesores con tu abogado de confianza.
Conocer tus derechos, es el primer paso para defenderlos.
- Valeria C. Montenegro Abogada
- Instagram @abogadavaleriamontenegrovm
- Elpidio González 176 Local 3 Villa María
- 0353-154271885