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La Cooperativa de Tío Pujio expresó una queja al ministro Sergio Massa por el “Impuesto al Cheque”
Desde el Consejo de Administración de la Cooperativa de Servicios Públicos Vivienda y
Crédito Tío Pujio, en el día de la fecha expresaron a través de un comunicado, la preocupación e inquietudes sobre la situación generalizada que afecta a todas las cooperativas del país.
A continuación, el comunicado de la entidad, ubicada en calle Juan Domingo Perón 386 de la localidad de Tío Pujio:
De nuestra mayor consideración:
Quienes suscriben la presente Darío Eduardo Ranco y María Pía Marinozzi, en condición de presidente y vicepresidenta del Consejo de Administración de la Cooperativa de Servicios Públicos Vivienda y Crédito Tío Pujio Ltda, con domicilio legal y real en Juan Domingo Perón 386 de Tío Pujio.
Localidad ubicada en el centro de la Provincia de Córdoba, y de acuerdo a lo ampliamente debatido y resuelto por el Consejo de Administración nos dirigimos a Ud. en virtud de no haber tenido una respuesta a nuestra nota enviada con fecha 23 de enero próximo pasado.
En la que le transmitimos nuestra preocupación, además de hacerle llegar algunas inquietudes sobre la situación generalizada que afecta a todas las cooperativas del país.

Estimado Ministro:
Desde esta organización de la Economía Social y Solidaria hemos cursado notas a los dieciocho (18) diputados nacionales que representan a la provincia de Córdoba, como así también a los tres (3) senadores nacionales y al propio gobernador Cr. Juan Schiaretti para que tengan conocimiento sobre esta coyuntura.
El Impuesto a los Débitos y Créditos Bancarios encuestas bancarias y otras Operatorias, más conocido como “Impuesto al Cheque”, es uno de los tributos más resistidos por la gran mayoría de las empresas e instituciones del país.
Su aplicación estuvo fundada en la emergencia económica y social del año 2001, y fue exhumado por el entonces ministro de Economía, Dr. Domingo Felipe Cavallo, y se implementó a través de la Ley de Competitividad Nº 25.413 y complementado por el Decreto 380/2001 (y sus continuadas modificaciones).
A través de este tributo, el Estado recauda el 0.6% de cada cheque que se deposita y otro 0.6% del que se cobra.
La propia ley excluye, entre otros, al Estado Nacional, Provincial, Municipal y a las reparticiones que funcionan en cada una de sus respectivas jurisdicciones.
Este tributo es sumamente distorsivo, y es resistido por todos los sectores de la actividad económica ya que fomenta la evasión y la elusión, al promover los pagos en efectivos que, en muchas oportunidades, no quedan registrados.
Por ello la Cooperativa de Servicios Públicos, Vivienda y Crédito Tío Pujio Ltda. le solicita a Ud. que se exima de tributar este impuesto a todas las cooperativas de servicios públicos de nuestro país, ya que somos instituciones de la economía social que cumplimos día a día, un rol protagónico.
Contribuyendo de manera fundamental en el desarrollo urbano y fundamentalmente rural de todo el interior del interior del país y posibilitando, a lo largo de muchos años de existencia.
Que la gran mayoría de los pueblos, como el nuestro, con escasa de densidad de población, cuenten con servicios públicos de calidad y a precios justos, que ninguna empresa privada o estatal estuvo dispuesta a brindar, justamente por tratarse de pequeñas poblaciones.
Pero también consideramos que resultaría de suma importancia que aunque sea se nos permita computar la totalidad del tributo que nos perciben las entidades bancarias contra el Impuesto al Valor Agregado.
Toda vez que actualmente y de acuerdo a la legislación vigente sólo se nos permite tomar como pago a cuenta de la Contribución Especial sobre el capital de las cooperativas que recauda la A.F.I.P., el 33% del Impuesto sobre los débitos y créditos bancarios para las cuentas bancarias alcanzadas a la tasa del 6‰ y 12‰.
Cabe aclarar que a las sociedades y empresas unipersonales que tributan el Impuesto a las Ganancias y que están categorizadas como micro o pequeñas empresas, se les permite computar el 100% del Impuesto a los Débitos y Créditos Bancarios como pago a cuenta del Impuesto a las Ganancias, lo que significa un perjuicio para las cooperativas, ya que solo pueden computar el 33% contra el tributo arriba mencionado.
Sin más y a la espera de poder tener una respuesta con relación a esta petición que refleja nuestra preocupación aprovechamos la oportunidad para saludar a Ud. muy atentamente.