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Censo 2022 en marcha: Conocé las preguntas que deberás responder
Desde este miércoles 16 de marzo, cualquier habitante del país puede contestar las preguntas del censo 2022 pero en formato virtual.
El Censo digital estará habilitado hasta el miércoles 18 de mayo a las 8 de la mañana, jornada cuando se desarrollará el relevamiento nacional de manera presencial. Ese día ya fue declarado como feriado nacional a través del Decreto 42/2022.
De esta manera, por primera vez, estará la posibilidad de completar el cuestionario censal en línea, a través de una computadora, tablet o celular con acceso a internet.
“El objetivo de esta herramienta es que todas las viviendas particulares en áreas rurales y urbanas puedan autocensarse cuándo y dónde quieran, además de optimizar los tiempos de completamiento”, indicaron desde el gobierno nacional.

Una vez completado el cuestionario, el día del censo se deberá presentar al censista el comprobante de finalización.
Se trata de un código alfanumérico de 6 dígitos que se genera automáticamente al terminar de completar el cuestionario censal.
Se puede descargar, aunque también será enviado a la dirección de correo electrónico que se registró al inicio del Censo (no es necesario imprimirlo). Si en la vivienda hay más de un hogar, todos utilizarán el mismo comprobante de finalización.
Mirá las preguntas a responder para viviendas particulares
¿Cuáles son los pasos para completar el Censo digital?
- Seleccionar el botón “Censo digital” que se encuentra en https://censo.gob.ar.
- Generar el código único de la vivienda (código alfanumérico de 5 dígitos) ingresando los datos de tu domicilio.
- Acceder al cuestionario digital y responder todas las preguntas.
- Guardar el comprobante de finalización del Censo digital (código alfanumérico de 6 dígitos) para presentar ante la persona censista que visite tu domicilio el Día del Censo, miércoles 18 de mayo.
Día del censo
A diferencia del operativo de 2010, habrá un cuestionario único formado por 61 preguntas: 24 están relacionadas a las características de la vivienda y el hogar, y 37 para la población.
Para responder las preguntas del cuestionario censal, cada hogar elegirá una persona de referencia que cuente con la información necesaria acerca de quienes lo integran.
Las personas censistas acreditadas recorrerán todas las viviendas particulares en áreas urbanas del país. Van a realizar las entrevistas presenciales en caso de que corresponda.
El Día del Censo, entre las 00 y las 20, no se podrá realizar funciones teatrales, exhibiciones cinematográficas, competencias deportivas, espectáculos ni reuniones públicas. Tampoco podrán permanecer abiertos los clubes y comercios de venta de artículos alimenticios (Ley 24.254).
Todas las personas que habitan en el territorio nacional tienen que responder las preguntas incluidas en el cuestionario censal, según el artículo 17° del Decreto 726/2020.
La información obtenida solo será utilizada con fines estadísticos, según el artículo 18° del Decreto 726/2020. Las respuestas son confidenciales y el INDEC no compartirá los datos individuales que se brindan a través del Censo con ninguna persona física ni organismo público o privado.
Vivienda particular
Para tomar en cuenta, las viviendas particulares son las que están destinadas al alojamiento de uno o más hogares en donde las personas viven bajo un régimen de tipo familiar (sean o no parientes).
Los tipos de viviendas particulares son: casa, rancho, casilla, departamento, pieza ocupada en inquilinato (en hotel familiar o pensión), local no construido para habitación ocupado y vivienda móvil ocupada (casa rodante, barco, carpa u otra).
Mirá las preguntas a responder para viviendas colectivas
Cambios en el cuestionario
El nuevo censo registra algunos cambios en el cuestionario:
- Sexo e identidad de género: se preguntará a todas las personas el sexo registrado al nacer (incluyendo la categoría “X”) y cómo se considera/autopercibe (“mujer”, “mujer trans/travesti”, “varón”, “varón trans/masculinidad trans”, “no binario”, “otra identidad/ninguna de las anteriores”).
- Autorreconocimiento indígena u originario: se preguntará a todas las personas si se reconocen indígenas o descendientes de pueblos indígenas u originarios, aclarando el pueblo y, además, si habla y/o entiende la lengua de ese pueblo declarado.
- Autorreconocimiento afrodescendiente o de antepasados negros o africanos: todas las personas responderán si se reconocen afrodescendientes o de antepasados negros o africanos.