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Concejales acordaron suspender por un año un artículo de la Ordenanza General Impositiva
El Concejo Deliberante informa que se aprobó un Proyecto por el cual se “Suspende por el término de un año el Título XIII, Capítulo I, Artículo 220 de la Ordenanza General Impositiva”.
La iniciativa alcanza a contribuyentes que se encuentren inscriptos en el Municipio para el desarrollo de actividades comerciales, industriales y de servicios conforme lo regula el Artículo Nº 117º, en los rubros que se vieron más perjudicados por el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO) que debió instaurarse para mitigar el impacto de la crisis sanitaria consecuencia de la pandemia COVID-19.
Los rubros alcanzados son los siguientes:
* Agencias de viajes, turismo y servicios conexos.
* Hoteles, hospedajes, pensiones, casas de huéspedes, albergues y alojamientos por hora.
* Guarderías infantiles, salones de fiestas y eventos, sonido e iluminación.
* Sector de entretenimiento, quioscos, servicios de filmación, fotografía y DJ.
* Servicios de esparcimiento y juegos electrónicos.
* Prácticas deportivas, academias de danza, teatro, música y centros vecinales.
* Sector gastronómico, restaurantes, expendio de comidas y bebidas.
* Transporte de pasajeros, taxis y servicios conexos con los del transporte.
* Salones de Belleza, higiene, estética corporal, peluquerías, pedicuras y manicuras.