Cuota Alimentaria: esa eterna disputa que solo perjudica a los niños

Escribe: Abogada Valeria Vanzetti
Contacto: 03564 15616602

Según un informe del Centro de Implementación de Políticas Públicas para la Equidad y el Crecimiento (CIPPEC), en Argentina, sólo una de cada cuatro mujeres que no convive con el padre de sus hijos recibe cuota alimentaria. Otro dato a tener en cuenta es que el 30% de las madres no convive con el padre de sus hijos y solamente el 28% de las madres que no conviven con el padre de sus hijos encabezan el hogar sin el apoyo de otros adultos.


Es importante mencionar que la cuota alimentaria es en favor de los hijos. Muchos padres creen que ese importe se lo tienen que dar a su ex pareja para sus gastos personales y en beneficio de ella. Pero eso es un error. La cuota alimentaria es un importe que debe pagar el padre que no convive con sus hijos para colaborar con los gastos destinados a su bienestar. Esta cuota es mensual y obligatoria hasta que los chicos alcancen la mayoría de edad.
Te respondo algunas de las preguntas más comunes que recibo a diario en el estudio:


¿Qué incluye la cuota alimentaria?

La ley dice que hay que financiar la alimentación, la educación, la salud, la vivienda, el vestuario de las personas y los gastos necesarios para adquirir una profesión y oficio.


¿Hasta cuándo tenemos los padres la obligación de alimentar a nuestros hijos?
Los padres tienen la obligación de darle alimentos a sus hijos hasta los 21 años o hasta los 25 años si estudian o se capacitan en un arte u oficio y no pueden mantenerse por sus propios medios.

¿Cómo se calcula el importe de cuota alimentaria?
No hay una regla específica para calcular el importe que debe aportar el progenitor no conviviente.
La opción más rápida, económica y beneficiosa para todos, es que los progenitores se pongan de acuerdo en el importe, realicen un acuerdo de alimentos que incluya el régimen comunicacional y posteriormente lo homologuen.
Pero el problema surge cuando no se ponen de acuerdo y en estos casos hay varias cuestiones a tener en cuenta para determinar el monto.

Si el progenitor no conviviente trabaja en relación de dependencia y cobra el sueldo en blanco, se establece un porcentaje de dicho sueldo teniendo en cuenta las necesidades de los hijos, sus edades, si padecen alguna discapacidad o deben recibir alguna atención especial, el grado de escolarización, entre otros. En este caso la cuota alimentaria se fija de manera porcentual al ingreso del alimentante, que generalmente es entre el 30 y 40% del sueldo. Este monto se descuenta automáticamente del sueldo y se deposita en una cuenta bancaria gratuita, creada a ese fin, para ser retirado por el padre conviviente con el menor.

Si el progenitor no conviviente trabaja “en negro” y no podemos conocer con exactitud el monto del ingreso mensual es el juez quien determina un monto fijo y un aumento, generalmente semestral, para que con el correr del tiempo y debido al proceso inflacionario, esa cuota no quede desactualizada en el tiempo.


¿Qué pasa si el progenitor alimentante se queda sin trabajo?
Siempre se fija una cuota, aunque el progenitor esté desempleado. Si está en condiciones de trabajar, su deber alimentario subsiste y debe procurar por todos los medios la forma de generar un ingreso a fin solventar los gastos de sus hijos.

En este caso puede solicitar una reducción de la cuota alimentaria hasta que pueda conseguir un empleo. Tiene que demostrar que esta sin empleo y esta reducción será provisoria hasta que mejore su situación económica.

¿Se puede reclamar cuota alimentaria a los abuelos?
La cuota alimentaria puede ser reclamada a los abuelos de manera subsidiaria, en el mismo juicio de alimentos contra el padre que no paga o en otro juicio diferente.


¿Qué pasa mientras se tramita el juicio de alimentos?
Durante esta etapa, el juez fija una cuota alimentaria de carácter provisorio hasta tanto se resuelva el juicio. Cuando en la primera audiencia no se llega a un acuerdo, debe producirse toda la prueba aportada en la causa para que el juez tome una decisión al respecto y fije la cuota definitiva.

Si me ocupo de la casa y de los hijos ¿esas tareas cuentan cómo alimentos para mis hijos?
Aquel progenitor que ha asumido las tareas de cuidado personal de los hijos (generalmente la madre) es quien debe realizar un gran esfuerzo físico y mental imprescindible. Insume gran cantidad de tiempo real que se traduce en un valor económico. Por lo tanto, las tareas cotidianas que hace el progenitor que cuida a los hijos tienen un valor económico y son un aporte a tener en cuenta al fijar los alimentos.

¿Qué pasa si el progenitor obligado no cumple?
Si estás en esta instancia, te recomiendo consultar con un abogado de confianza. No necesariamente debe iniciarse un juicio de alimentos, hay otras alternativas antes. Pero siempre hay que analizar el caso particular y buscar la mejor solución para ese problema.
Es importante remarcar que, las cuestiones alimentarias son un tema de derechos humanos básicos. Los hijos son titulares de esos derechos y se debe priorizar por sobre todas las cuestiones, su bienestar. Dejar de lado las diferencias entre los padres y procurar realizar todo lo necesario para que ellos no resulten aún más perjudicados.


Evitar que un juicio de alimentos no termine siendo una guerra entre los padres, es una cuestión que compete a los adultos.
Siempre, asesórate. Cada familia es un mundo y estas cuestiones deben analizarse de acuerdo a la realidad que atraviesa cada familia.


Compartir:

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *