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El acoso laboral o “moobing”: un abuso de poder
Escribe: Abogada Valeria Vanzetti
La violencia y el acoso en el ámbito laboral pueden constituir una violación o un abuso de los derechos humanos y son una amenaza para la igualdad de oportunidades, son inaceptables e incompatibles con el trabajo decente. Este tipo de violencia afecta la salud psíquica y física de las personas, como así también su dignidad y su entorno familiar y social.
Cuando hablamos de “moobing” nos estamos refiriendo al acoso laboral. Se presenta cuando una persona es víctima de maltrato psicológico en su lugar de trabajo. Puede ser ejercida dentro del ámbito laboral o fuera de él, por un compañero de trabajo o varios, sus subalternos o superiores, no es necesario que exista una relación de subordinación entre el hostigador y el hostigado.
La víctima, recibe violencia psicológica de manera injustificada, se produce de manera sistemática y reiterada durante un tiempo prolongado y su fin responde a cuestiones económicas.
Lo que se busca con este tipo de prácticas es cansar al empleado, desgastarlo para inducirlo a la renuncia y así evitar pagar indemnizaciones por despido establecidas por ley.
Las manifestaciones más frecuentes de este tipo de prácticas son:
- Ataques verbales y críticas sobre el trabajo realizado o sobre la vida privada del trabajador.
- Se ignora al trabajador, se lo aísla y se niega su presencia física.
- No se le asigna trabajo o se le asignan tareas totalmente inútiles o absurdas.
- Se le asignan tareas muy inferiores a su capacidad o competencias profesionales o se le asignan sin cesar tareas nuevas y trabajos humillantes.
- Se lo ridiculiza y maltrata.
- Se acosa sexualmente a la víctima o se la agrede físicamente.
- Se lo culpa y acusa por hechos cometidos por terceros.
- Molestar e interrumpir su trabajo, ridiculizarlo, corregirlo de mala manera públicamente.
- Se manifiesta un trato indigno, abusivo, ridículo, desmerecedor, desfavorable, irrespetuoso, indiferente y discriminatorio.
- Impedir el uso de sanitarios o limitar su uso al máximo.

¿Cómo debe actuar el trabajador si es víctima de moobing?
El trabajador tiene la facultar de intimar al empleador para que tome las medidas necesarias con el fin de que cesen las actitudes hostigadoras hacia él, bajo apercibimiento de considerarse despedido sin junta causa y reclamar las indemnizaciones que por ley correspondan, la reparación del daño moral sufrido y cualquier otro daño que se hubiese ocasionado.
El trabajador también se encuentra facultado para entablar otras acciones legales en contra del empleador y la ART, por incapacidad laboral producida, por haber generado en el trabajador enfermedades derivadas y como consecuencia directa de moobing, como pueden ser depresión, estrés laboral, ataques de pánico, trastornos de ansiedad, entre otros.
Es una realidad que este tipo de prácticas es más frecuente de lo que parece. El trabajador víctima de moobing, suele soportar el maltrato por miedo a perder el empleo sin considerar la magnitud del daño que puede estar generando este tipo de violencia hacia él.
Cuando se intima al empleador, se lo hace con la idea de que cesen las actitudes hostiles y no con el fin de finalizar la relación laboral, más allá de que este apercibimiento debe manifestarse en la intimación.
Si estás siendo víctima de moobing, tenés que asesorarte ya que existen maneras de solucionarlo.
El primer paso para hacer valer tus derechos, es conocerlos.