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Herencias: ¿Cuánto le corresponde a cada familiar?
Escribe: Abogada Valeria Vanzetti
Una de las cosas que siempre me preguntan en las consultas es: ¿Cuánto voy a heredar? ¿Cuánto me corresponde?
Y, lamentablemente sea la causa de muchos conflictos familiares.
Por eso, para que las cosas estén claras de antemano y con la idea de complementar la nota anterior sobre la declaratoria de herederos, les dejo info sobre lo que le corresponde a cada heredero.

Primera consideración
Hay que considerar en principio el estado civil, los descendientes y los bienes gananciales y propios de la persona fallecida.
Si estaba casada y tenía hijos, se debe identificar los bienes propios y los gananciales.
Bienes propios
Estos son los adquiridos por cada cónyuge antes de contraer matrimonio. No forman parte de la comunidad ganancial.
El cónyuge supérstite (sobreviviente) puede concurrir con los hijos recibiendo en este caso la misma parte que cada uno de los descendientes.
Es decir, el viudo o viuda concurre como un hijo más.
Bienes gananciales
Al cónyuge supérstite le corresponde la mitad de estos bienes por ser miembro de la comunidad matrimonial.
La otra mitad forma parte del acervo hereditario y le corresponde a los hijos en partes iguales.
Si concurren ascendientes y cónyuge
Cuando la persona fallecida estaba casada y no tenía hijos, la distribución es la siguiente:
- De los bienes propios, el 50% corresponde al viudo o la viuda, y el resto a los ascendientes.
- De los bienes gananciales, el 50% va para el viudo o la viuda, y la otra mitad se divide en partes iguales entre cónyuge y ascendientes.
Existen otros supuestos que no los mencioné y que los dejaré para otra ocasión.