[Opinión] La Constitución no es una sugerencia: El peligro de legislar contra los derechos adquiridos

​En el debate político actual parece haberse instalado una idea peligrosa: que las crisis económicas justifican cualquier medida y que las leyes pueden moldearse al antojo del gobierno de turno.

Escribe: Abogado Carlos Cafure

En una república, la Constitución Nacional no es una simple sugerencia, ni un manual de buenas intenciones; es un límite infranqueable.

Cuando el ajuste se ensaña con los sectores más vulnerables mediante reformas laborales y previsionales que borran de un plumazo derechos históricos, la ley se transforma en despojo.

Hoy asistimos a un avance normativo que desprotege a los laburantes a nivel nacional y asfixia a los jubilados en la provincia de Córdoba.

En ambos casos, las violaciones constitucionales son tan evidentes, que los tribunales deberían haber actuado como un freno de mano inmediato.

​A nivel nacional, la reforma laboral del gobierno de Javier Milei choca de frente contra el artículo 14 bis de nuestra Constitución, que ordena proteger al trabajador contra el despido arbitrario y garantizarle condiciones dignas de labor.

Al licuar las indemnizaciones, estirar los períodos de prueba y facilitar la precarización, la reforma hace exactamente lo contrario: deja al empleado en el desamparo.

Pero, además, Argentina firmó tratados internacionales —como el Pacto de San José de Costa Rica— que tienen fuerza constitucional y prohíben explícitamente la «regresividad».

Esto significa que el Estado tiene prohibido por ley, quitar derechos sociales ya conquistados.

Aunque la Justicia laboral ha dictado algunos fallos y frenos parciales, la gravedad del avasallamiento exigía una respuesta institucional unánime, rápida y definitiva para evitar que miles de argentinos quedaran desprotegidos mientras las causas duermen en los escritorios.

En Córdoba la historia se repite, pero ensañándose con los abuelos y los trabajadores estatales.

La llamada «Ley de Equidad Jubilatoria» y el perverso mecanismo de diferir el pago de los aumentos a los pasivos son muestras claras de un ajuste ilegal.

La propia Constitución de la Provincia de Córdoba, en su artículo 57, declara que las jubilaciones son irreductibles y que la movilidad debe ser obligatoria.

Retrasar el pago de los aumentos salariales en un contexto donde la inflación devora el bolsillo mes a mes no es ingeniería financiera; es una quita encubierta y una violación al derecho de propiedad.

Al mismo tiempo, exigirles más aportes a los trabajadores en actividad para tapar el bache de la caja previsional deforma la naturaleza del salario.

La justicia cordobesa tiene argumentos de sobra para haberle puesto un freno colectivo a este atropello, en lugar de obligar a cada jubilado a gastar lo que no tiene en abogados para defender su plato de comida.

Este escenario nos lleva a una pregunta incómoda pero necesaria: ¿por qué los políticos pueden violar la ley fundamental sin consecuencias?

Impulsar, votar y promulgar leyes que se llevan puestas las garantías constitucionales no debería salir gratis.

Quienes ejercen el poder juran observar y hacer observar la Constitución.

Cuando se legisla manera consciente en su contra, se incurriría en un mal desempeño que comprometería su responsabilidad civil —arrastrando al Estado a juicios millonarios que pagamos todos de nuestros impuestos— e incluso penal, bajo la figura de incumplimiento de los deberes de funcionario público.

Gobernar no es mandar a cualquier precio; es respetar las reglas del juego.

La crisis económica, no puede ser la excusa perpetua para demoler los derechos de los que trabajan y de los que ya aportaron toda su vida.

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