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[Opinión] La Constitución no es una sugerencia: El peligro de legislar contra los derechos adquiridos
En el debate político actual parece haberse instalado una idea peligrosa: que las crisis económicas justifican cualquier medida y que las leyes pueden moldearse al antojo del gobierno de turno.
Escribe: Abogado Carlos Cafure
En una república, la Constitución Nacional no es una simple sugerencia, ni un manual de buenas intenciones; es un límite infranqueable.
Cuando el ajuste se ensaña con los sectores más vulnerables mediante reformas laborales y previsionales que borran de un plumazo derechos históricos, la ley se transforma en despojo.
Hoy asistimos a un avance normativo que desprotege a los laburantes a nivel nacional y asfixia a los jubilados en la provincia de Córdoba.
En ambos casos, las violaciones constitucionales son tan evidentes, que los tribunales deberían haber actuado como un freno de mano inmediato.
A nivel nacional, la reforma laboral del gobierno de Javier Milei choca de frente contra el artículo 14 bis de nuestra Constitución, que ordena proteger al trabajador contra el despido arbitrario y garantizarle condiciones dignas de labor.
Al licuar las indemnizaciones, estirar los períodos de prueba y facilitar la precarización, la reforma hace exactamente lo contrario: deja al empleado en el desamparo.

Pero, además, Argentina firmó tratados internacionales —como el Pacto de San José de Costa Rica— que tienen fuerza constitucional y prohíben explícitamente la «regresividad».
Esto significa que el Estado tiene prohibido por ley, quitar derechos sociales ya conquistados.
Aunque la Justicia laboral ha dictado algunos fallos y frenos parciales, la gravedad del avasallamiento exigía una respuesta institucional unánime, rápida y definitiva para evitar que miles de argentinos quedaran desprotegidos mientras las causas duermen en los escritorios.
En Córdoba la historia se repite, pero ensañándose con los abuelos y los trabajadores estatales.
La llamada «Ley de Equidad Jubilatoria» y el perverso mecanismo de diferir el pago de los aumentos a los pasivos son muestras claras de un ajuste ilegal.
La propia Constitución de la Provincia de Córdoba, en su artículo 57, declara que las jubilaciones son irreductibles y que la movilidad debe ser obligatoria.
Retrasar el pago de los aumentos salariales en un contexto donde la inflación devora el bolsillo mes a mes no es ingeniería financiera; es una quita encubierta y una violación al derecho de propiedad.

Al mismo tiempo, exigirles más aportes a los trabajadores en actividad para tapar el bache de la caja previsional deforma la naturaleza del salario.
La justicia cordobesa tiene argumentos de sobra para haberle puesto un freno colectivo a este atropello, en lugar de obligar a cada jubilado a gastar lo que no tiene en abogados para defender su plato de comida.
Este escenario nos lleva a una pregunta incómoda pero necesaria: ¿por qué los políticos pueden violar la ley fundamental sin consecuencias?
Impulsar, votar y promulgar leyes que se llevan puestas las garantías constitucionales no debería salir gratis.
Quienes ejercen el poder juran observar y hacer observar la Constitución.
Cuando se legisla manera consciente en su contra, se incurriría en un mal desempeño que comprometería su responsabilidad civil —arrastrando al Estado a juicios millonarios que pagamos todos de nuestros impuestos— e incluso penal, bajo la figura de incumplimiento de los deberes de funcionario público.
Gobernar no es mandar a cualquier precio; es respetar las reglas del juego.
La crisis económica, no puede ser la excusa perpetua para demoler los derechos de los que trabajan y de los que ya aportaron toda su vida.