[Tips Legales] Cómo funcionan las subastas online del Poder Judicial de Córdoba

En casos de que el deudor no cancele de manera voluntaria su obligación, el juez puede ordenar la venta de bienes embargados o hipotecados a fin de que el acreedor pueda percibir lo que le corresponde.

Escribe: Abogada Valeria Montenegro

En la Provincia de Córdoba, nuestro Poder Judicial dispone de un sitio web oficial donde se realizan subastas de bienes embargados, bienes secuestrados o decomisados en el marco de hechos delictivos.

Tal fue el caso de que el pasado 29 de julio, se subastaron aproximadamente 1.386 llantas de chapa y aleación, 980 cubiertas en buen estado y 16 ruedas armadas, bienes que habían sido secuestros por el Ministerio Público Fiscal en una causa que investiga el robo y la comercialización ilegal de dichos elementos.

¿Cómo funciona el sistema de subasta online?

La subasta “online” se desarrolla en un espacio virtual ubicado en el portal del Poder Judicial de Córdoba https://subastas.justiciacordoba.gob.ar/.

Allí, los martilleros judiciales exhiben a través de fotografías o videos los bienes puestos a subasta y describen en forma precisa las características del objeto subastado.

Los postores, en tanto, deben registrarse previamente para efectuar sus ofertas durante el plazo de puja. Todas las ofertas son públicas, los usuarios son informados cuando su oferta es superada.

Las personas interesadas pueden seguir aquel bien en el que tengan interés, preguntar al martillero detalles no informados sobre cada producto.

Finalmente, el bien se adjudica a quien haya realizado la mejor oferta, quien cuenta con diversas opciones de pago. Una vez abonado, el adquirente coordina la entrega del producto con el martillero interviniente.

A tener en cuenta

Los remates judiciales en muchos casos son opciones para quien tiene algún dinero, de comprar bienes en un valor mucho menor que en el mercado.

Podés ingresar al portal para investigar más sobre esta oportunidad a fin de que puedas conocer que bienes se encuentran ofertados actualmente, como son los medios de pago, las condiciones, etc.

También es importante saber las consecuencias del incumplimiento del ganador de la subasta y que ello ocasione la frustración de la subasta, éste será sancionado con la suma que resultare de calcular el veinte por ciento (20%) del valor ofertado, en concepto de cláusula penal por incumplimiento de su oferta, según lo dispuesto por los artículos 974 y 790 siguientes y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación, siendo el monto resultante destinado a la cuenta de Tasa de Justicia.

Conocer tus derechos, es el primer paso para defenderlos.

Valeria C. Montenegro Abogada

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