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[Tips Legales] Lo que debés saber de la cuota alimentaria
Escribe: Abogada Valeria Vanzetti
La cuota alimentaria siempre es en favor de los hijos. Muchos padres creen que ese importe se lo tienen que dar a su expareja para sus gastos personales y en beneficio de ella.
Pero eso es un error. La cuota alimentaria es un importe que debe pagar el padre que no convive con sus hijos para colaborar con los gastos destinados a su bienestar.
Esta cuota es mensual y obligatoria hasta que los chicos alcancen la mayoría de edad.
A tener en cuenta
- El progenitor que no tiene a su cargo el cuidado de los niños y por lo tanto no convive con ellos, tiene la OBLIGACIÓN de pagar la cuota alimentaria.
- El progenitor que tiene a su cargo el cuidado de los hijos, tiene el DERECHO de exigir, en representación de los menores, el pago de la cuota alimentaria al progenitor no conviviente.
- Si el progenitor no conviviente trabaja en negro, la obligación alimentaria persiste más allá de esta circunstancia.
- Si el progenitor no conviviente no cumple con su obligación alimentaria a favor de sus hijos, se le puede reclamar a los abuelos y si estos están fallecidos, a los tíos.
- Si se desconoce el domicilio, si tiene otros hijos o si oculta bienes, siempre es viable el reclamo y sigue estando obligado.
En fin, si estás atravesando esta situación puedo ayudarte a que ese progenitor incumplidor empiece a cumplir.