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[VIDEO] Fertilidad Asistida y rechazos ilegales: Qué derechos reconoce la ley y cómo actuar ante una negativa
En Argentina, la Ley 26.862 garantiza el acceso a técnicas de reproducción médicamente asistida como parte del derecho a la salud. Sin embargo, en la práctica, muchas personas enfrentan demoras, rechazos o respuestas confusas por parte de obras sociales y empresas de medicina prepaga.
Escribe: Abogada Valeria Montenegro
La normativa establece la cobertura integral de los tratamientos de fertilidad, incluyendo estudios diagnósticos, medicamentos y procedimientos, tanto de baja como de alta complejidad, siempre que exista indicación médica.
Uno de los aspectos más relevantes es que no se requiere estar en pareja ni cumplir con un plazo previo de búsqueda, lo que amplía el acceso a quienes necesiten este tipo de tratamientos.
A pesar de la claridad de la ley, entre las respuestas más frecuentes de las entidades de salud aparecen argumentos como:
- “no está incluido en el plan”,
- “faltan requisitos”,
- “se alcanzó el límite de intentos”.
Estas justificaciones, en muchos casos, no se ajustan a la normativa vigente y pueden implicar una vulneración de derechos.

Frente a una negativa o demora, se recomienda realizar un reclamo formal ante la entidad de salud, acompañando la indicación médica correspondiente. En caso de persistir el incumplimiento, existen vías administrativas y judiciales para exigir la cobertura.
El acceso a los tratamientos de fertilidad no es una prestación opcional: forma parte de los derechos reconocidos en el sistema de salud argentino.
- Abogada Valeria Montenegro M.P. 4-697 M.F. T°507 F° 77
- Instagram: abogadavaleriamontenegrovm
- Celular 3534271885
- Leandro N. Alem 382 Villa María