[VIDEO] Violencia familiar: ¿Pasa algo si violo una restricción de contacto dictada en marco de una denuncia?

La restricción de contacto en una denuncia de violencia familiar es una medida judicial adoptada con el objetivo de proteger a la víctima de cualquier tipo de contacto o acercamiento por parte del agresor.

Escribe: Abogada Valeria C. Montenegro

Esta restricción puede ser solicitada por la persona que ha sufrido la violencia o ser impuesta por un juez en el marco de un proceso judicial relacionado con violencia familiar.

En términos prácticos, la restricción de contacto implica que el agresor tiene prohibido comunicarse, acercarse o interactuar con la víctima de cualquier manera, ya sea en persona, por teléfono, redes sociales o mediante terceras personas.

Esto incluye situaciones en las que el agresor intente hacerle llegar mensajes, llamar o acercarse a la vivienda de la víctima.

Esta medida es temporal y puede ser ampliada o modificada dependiendo de la evolución del caso.

Además, puede ser parte de un conjunto de medidas de protección que también incluyen la salida del agresor del hogar o la asignación de un lugar de residencia seguro para la víctima.

En estos casos a verosimilitud del derecho invocado surge de los hechos descriptos por el accionante, la posición que asume como denunciante, los elementos traídos a convicción por la actuación policial y el estado de ánimo que puede preverse como consecuencia de los mismos.

En cuanto al peligro en la demora, está dado por la propia naturaleza de la materia, que nos indica como aconsejable hacer lugar, en el carácter de cautelar y provisorio, a lo peticionado ya que se trata de un caso de violencia familiar.

¿Qué implica la restricción de contacto?

1. Prohibición de acercamiento: El agresor no podrá acercarse a un determinado radio de distancia de la víctima, su hogar, lugar de trabajo, escuela de los hijos, etc.

2. Prohibición de comunicación: El agresor no podrá contactarse con la víctima a través de llamadas telefónicas, mensajes de texto, correos electrónicos, redes sociales, ni por medio de terceras personas.

3. Prohibición de encuentros físicos: El agresor no podrá tener contacto físico con la víctima, lo que incluye encuentros cara a cara, ya sea en su hogar, en público o en otros lugares.

¿Por qué se imponen estas medidas?

La restricción de contacto busca garantizar la seguridad y el bienestar de la víctima, evitando que el agresor continúe con su comportamiento violento o intimidatorio.

También ayuda a romper el ciclo de abuso al separar a la víctima del agresor, permitiéndole tener tiempo y espacio para buscar ayuda y tomar decisiones sobre su situación.

Violación de la restricción de contacto

Si el agresor incumple las restricciones impuestas por el juez, puede enfrentar consecuencias legales adicionales a la causa de violencia familiar, ya que al violarse la orden de un funcionario la parte que viola incurre en un delito penal delito grave que pone en riesgo la seguridad de la víctima.

Pero es importante saber que tanto el denunciante como el denunciado tienen que cumplir la medida dictada por la autoridad judicial.

Caso de violación de la medida por parte de la denunciante

Estas medidas son parte de un conjunto de acciones legales disponibles para proteger a las personas que están siendo afectadas por la violencia familiar y garantizar que puedan vivir sin temor a nuevos ataques o intimidaciones.

En nuestra ciudad de Villa María hubo un caso de una mujer de 39 años que quedó detenida junto a su expareja por desobedecer una orden de restricción de acercamiento dictada por la Justicia.

Dicha situación fue detectada luego de que la Policía advirtiera a través del Sistema de Alerta para Víctimas de Violencia Familiar (Salva) que se había apagado el botón antipánico que debía tener siempre prendido y en su poder.

Por dicha circunstancia, un móvil policial fue enviado para verificar por qué se había apagado el dispositivo. Se encontraron con que el aparato estaba en el lugar, y la mujer no se encontraba en la casa.

Luego de recorrer la zona, la encontraron en compañía del hombre con quien tiene una orden de restricción vigente.

La Justicia le había entregado un botón antipánico y había dispuesto que no podían acercarse, pero aparentemente la mujer apagó el dispositivo para ir a verse con esa persona.

Tanto ella, como el hombre de 37 años de edad, fueron aprehendidos por desobediencia a la autoridad, al violar la orden de restricción vigente (2).

IMPORTANTE

La clave para la eficacia de las medidas de distancia está en la diligencia con la que deben obrar las autoridades policiales con jurisdicción en la zona para hacerlas respetar, y para acudir en auxilio de la víctima con prontitud tantas veces como resulte necesario.

Y también es importante no hacer un abuso del derecho al requerir esta medida si la violencia cesó o es inexistente ya que los recursos son finitos y le quitamos la posibilidad que a una persona víctima de violencia pueda ser auxiliada.

Conocer tus derechos, es el primer paso para defenderlos.

  • Valeria C. Montenegro Abogada
  • Instagram @abogadavaleriamontenegrovm
  • Elpidio González 176 Local 3 Villa María
  • 0353-154271885
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