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En el Mes del Padre: Qué pasa con los deudores alimentarios morosos

El mes del día del padre es un momento perfecto para recordar que el cuidado y manutención es una obligación de ambos progenitores.

Escribe: Abogada Valeria Montenegro

Por asignación tradicional y maternalista de los roles y tareas de cuidado, tras una separación o divorcio, lo más común es que los hijos queden a cargo de la madre.

Es un dato cruel de la realidad que de cada diez hogares monomarentales (familias monoparentales encabezadas por una mujer) en siete el padre no cumple con los alimentos que le corresponde por los hijos en común.

Así, recae sobre la progenitora principalmente el cuidado y mantenimiento del 100% de los hijos, lo que constituye un grave hecho de violencia económica.

Es importante que entendamos que los alimentos no son una obligación dineraria opcional. El derecho de los niños a alimentos es un derecho humano y debe ser protegido como tal.

El Código Civil y Comercial de la Nación habilita la traba de medidas cautelares para asegurar alimentos provisorios o definitivos, e incluso sobre alimentos futuros.

El juez puede imponer al responsable del incumplimiento reiterado de la obligación alimentaria medidas razonables para asegurar la eficacia de la sentencia.

Los jueces de familia de todo el país han innovado y creado nuevas formas para lograr el cumplimiento del deber alimentario, muchas veces con éxitos, y otras no.

Por ejemplo, se prohíben salidas del país o provincia, revocación de licencias de conducir, prohibición de ir a la cancha o jugar torneos, etc.

Es un dato cruel de la realidad que de cada diez hogares monomarentales en siete el padre no cumple con los alimentos que le corresponde por los hijos en común

En Córdoba existe LEY 8.892 que dispuso la CREACIÓN DEL REGISTRO DE DEUDORES ALIMENTARIOS MOROSOS.

Allí se inscriben por orden judicial a todo obligado u obligada al pago de alimentos ya sea que correspondan a alimentos provisorios o definitivos, fijados u homologados por sentencia firme, según fuentes oficiales.

Y aplica a todos aquellos padres que «adeuden determinado número de cuotas (tres cuotas consecutivas o cinco alternadas)», con previa intimación al pago y que no estén cumpliendo con su deber alimentario.

Cómo consultar el Registro de Deudores Alimentarios Morosos

Podés consultar de manera automática y gratuita si una persona está inscripta o no en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos si contas con una cuenta de Ciudadano Digital – Nivel 2, tenés que ingresar en el servicio Mi Registro Civil de la plataforma Ciudadano Digital (CiDi).

Importante que cuentes con los datos de la persona sobre la que realizarás la consulta. (DNI y sexo).

Importante

No hace falta llegar a los estrados del tribunal o a la imposición de estas medidas para cumplir nuestras obligaciones como padres.

Ambos progenitores, como adultos maduros y responsables pueden acordar libremente monto y forma teniendo como principal norte el bienestar de los hijos y su situación patrimonial.

En caso de dudas, consulten con su abogado de confianza. En estos conflictos quienes más sufren son los niños.

Conocer tus derechos, es el primer paso para defenderlos.

También podés ver:

Valeria C. Montenegro Abogada

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Elpidio González 176 Local 3 Villa María

0353-154271885

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