El intendente Ignacio Tagni inauguró el Centro Universitario del Bicentenario...Leer más
Una joven de 22 años resultó con politraumatismos tras un...Leer más
La Municipalidad de Villa María informó el avance de distintas...Leer más
El intendente de Villa María, Eduardo Accastello, participó del primer...Leer más
La situación en la Universidad Tecnológica Nacional (UTN) encendió alarmas...Leer más
Durante el último fin de semana, la cuenta de Instagram...Leer más
Proponen que bancos y financieras paguen también la sobretasa municipal
La idea es que el impuesto municipal en la boleta de la Empresa Provincial de Energía de Córdoba, una sobretasa del 10%, se aplique a bancos y entidades financieras y otras empresas que se vieron beneficiadas en la pandemia, para destinar esos recursos exclusivamente a personal de salud municipal y para la compra de test de Covid.
A ciencia cierta no se sabe cuánto sería el dinero a recaudar, pero el concejal Carlos De Falco, a cargo de la presidencia del Concejo Deliberante, sostiene que se trataría de una suma nada despreciable.
Aquí está el proyecto completo:
BLOQUE HACEMOS POR CORDOBA
PROYECTO DE ORDENANZA
Art. 1º.- DISPÓNESE excluir, a partir del día de sanción de la presente, del beneficio otorgado a los bancos, entidades financieras y todas aquellas actividades cuya base tributaria sea igual o superior (en términos constantes) a los meses de que se trate; que dispone la Ordenanza 7373.
Art. 2º ESTABLÉSE que los fondos que se recauden conforme a lo dispuesto en la presente, se destinarán un veinte por ciento (20%) a comprar test para detectar el Covid 19, un cincuenta por ciento (50%) para que sea distribuido, en concepto de adicional salarial, a todo el personal que presta servicios, bajo la forma jurídica que fuere, en el área de salud y estén expuestos al contagio y un treinta por ciento (30%) para destinar al personal de Seguridad Ciudadana para que se incrementen los importes de los adicionales para control particularmente del distanciamiento y uso de barbijo.
Art. 3º DETERMINÁSE que el Departamento Ejecutivo Municipal deberá habilitar una cuenta especial para para el depósito de estos fondos con destino exclusivo conforme lo prescripto en el art. anterior.
Art. 4º DISPONÉSE que cada dos meses el D.E.M. debe rendir ante el Tribunal de Cuentas sobre el monto recaudado y destino específico de los. El Tribunal de Cuentas deberá remitir al Concejo Deliberante copia de la auditoria señalada.
Art. 5º De Forma.