Septiembre dorado: Hablemos de la ley oncopediátrica

Septiembre es el mes de concientización sobre el Cáncer Infantil, enfermedad que persiste como una de las principales causas de muerte en menores de 15 años.

Escribe: Abogada Valeria Montenegro

El objetivo de este mes es principalmente la concientización en toda la población a fin de reducir la mortalidad infantil con una detección temprana y tratamiento adecuado a tiempo para todos los pacientes oncopediátricos.

En Argentina, el 80% de las niñas, niños y adolescentes con cáncer se atiende en el sistema público de salud.

El cáncer cuando afecta a un niño, niña o adolescente no solo afecta la salud psicofísica del paciente oncopediátrico, sino también causa un gran impacto en su familia dado que los tratamientos son largos, implican la presencia y asistencia del/los cuidadores acompañando al paciente, muchas veces deben mudarse, dejar a otros hijos al cuidado de familiares, pedir licencias en el trabajo o abandonar la actividad independiente, etc.

Luego de una gran lucha colectiva de padres autoconvocados de pacientes oncopediátricos contamos en Argentina con la Ley 27.674 que dispone la creación del RÉGIMEN DE PROTECCIÓN INTEGRAL DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE CON CÁNCER, ley dictada en julio del 2022 y reglamentada en febrero del 2023.

Hablemos de la ley 27.674

Esta ley tiene por objetivo priorizar el abordaje integral y garantizar la atención a niños, niñas y adolescentes con cáncer en todas las fases de las enfermedades.

El programa abarca a todos los niños, niñas y adolescentes con cáncer hasta los 18 años de edad inclusive, independientemente de su cobertura de salud, con un abordaje integral, interdisciplinario, con el paciente y su familia en el centro de la atención y un trabajo articulado en las distintas jurisdicciones implicadas.

Derechos y prestaciones que dispone la ley:

La ley dispone la emisión del Certificado Único Oncopediátrico (CUOP), el cual será extendido por el Instituto Nacional del Cáncer (INC) a quienes se hallen inscriptos en el Registro Oncopediátrico Hospitalario Argentino y con tratamiento activo.

Dicho certificado establecerá la condición de beneficiario de la presente ley y se renovará automáticamente cada año, solo cesando su vigencia con el alta definitiva del paciente, hasta los dieciocho (18) años de edad inclusive, debiendo recomendar la autoridad de aplicación los modos de atención y derivación del paciente pasando la mayoría de edad.

Este certificado que permite que los pacientes puedan acceder a los beneficios estipulados en la normativa, siendo estos:

  • Asignación económica provista por ANSES: por este trámite debes acercarte sin turno a una oficina del ANSES y el paciente oncopediátrico debe tener hasta 18 años de edad inclusive, estar inscripta/o en el Registro Oncopediátrico Hospitalario Argentino (ROHA), contar con el Certificado Único Oncopediátrico (CUOP) y residir en el país.
  • Licencias laborales para quien esté a cargo del paciente: sea uno de los progenitores o el representante legal el que trabaje en relación de dependencia tiene derecho a pedir licencia sin goce de haberes para acompañar a los niños, niñas y adolescentes a realizarse los estudios, rehabilitaciones y tratamientos médicos. La duración de la misma será acorde a la duración del “tratamiento activo” del paciente.

Los progenitores, representantes legales o quienes se encuentren a cargo del paciente podrán usar de manera alternativa la licencia. Esta no es causal para perder el presentismo ni es causal de despido. Durante la licencia el trabajador o trabajadora recibe de la ANSES, las asignaciones y una suma igual a la retribución que le corresponda al período de licencia.

El trabajador o trabajadora deberá notifica a su empleador o empleadora, con una anticipación mínima de 72 h de que va tomar esta licencia.

El período de licencia se considera como tiempo de servicio para las prestaciones del Seguro por Desempleo y se considera para acreditar la condición de aportante para las prestaciones de retiro transitorio por invalidez o de la pensión por fallecimiento del afiliado o de la afiliada, de la Ley 27.674.

  • Gratuidad para la utilización del transporte público.
  • Acceso a vivienda para pacientes en situación de vulnerabilidad social.
  • Acceso a la educación.

La detección temprana del cáncer, el diagnóstico oportuno y el correcto manejo de la enfermedad pueden mejorar el pronóstico del niño y aumentar las posibilidades de cura.

Conocer tus derechos, es el primer paso para defenderlos.

También podés ver:

Valeria C. Montenegro Abogada

Instagram @abogadavaleriamontenegrovm

Elpidio Gonzalez 176 Local 3 Villa María

0353-154271885

Compartir:

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *