Vasectomía y ligadura de trompas: Las cirugías anticonceptivas son legales, seguras y gratuitas en Argentina

Las cirugías anticonceptivas (ligadura de trompas y vasectomía) para varones y mujeres son un derecho garantizado en nuestro país. La responsabilidad anticonceptiva es una responsabilidad compartida. Cada vez más hombres se someten a la vasectomía, para ello es importante la difusión de este método con información precisa y certera a fin de contrarrestar los mitos y estigmatizaciones.

Escribe: Abogada Valeria Montenegro

Todas las personas tenemos derecho a decidir en forma autónoma y sin discriminación si queremos o no tener hijas/os, con quién, cuántos y cada cuánto tiempo.

Como así también tenemos derecho a recibir información sobre los diferentes métodos anticonceptivos y el acceso gratuito al método elegido.

Dentro de los métodos quirúrgicos anticonceptivos tenemos a las prácticas denominadas ligadura de trompas de Falopio y ligadura de conductos deferentes o vasectomía, siendo métodos legales de planificación familiar y/o anticoncepción.

Marco Legal

En Argentina contamos con la Ley Nacional Nº 26.130 sancionada y vigente desde agosto de 2006, que establece que, a partir de la mayoría de edad, las personas pueden acceder de manera gratuita a la vasectomía y a la Ligadura de Trompas.

Esta es una ley nacional que no requiere adhesión de las provincias, por lo que todas tienen la obligación de garantizar el acceso.

El Código Civil y Comercial vigente, sancionado con posterioridad a la vigencia de esta ley, reconoce en el art. 25 que desde los 16 años las personas pueden tomar de manera autónoma todas las decisiones sobre el cuidado de su cuerpo.

Requisitos

  • Ser mayor de edad mayor de edad.
  • Consentimiento informado.
  • No necesitás el consentimiento de tu cónyuge ni autorización judicial.

Previa a la operación, tenés derecho a tener información objetiva, pertinente, precisa, confiable, accesible y actualizada.

Personas con discapacidad

El derecho a estas prácticas no este vedado a las personas con discapacidad, sino tienen limitación judicial para dar su consentimiento.

Ellas también deben prestar su consentimiento informado para hacer la operación quirúrgica y no requieren autorización de juez alguno.

Previo a la práctica deben recibir información en formato accesible y pueden pedir sistemas de apoyo y ajustes para poder dar su consentimiento en forma autónoma. Es importante tomar medidas para evitar que otra persona decida.

Si la persona cuenta con capacidad restringida por sentencia judicial y la sentencia no hace referencia al ejercicio del derecho a la anticoncepción quirúrgica, puede dar su consentimiento sin ningún impedimento.

Caso contrario es si la persona tiene capacidad restringida por sentencia judicial y la sentencia designa apoyo para el ejercicio del derecho a la anticoncepción quirúrgica, en este caso debe dar su consentimiento con la asistencia prevista por el sistema de apoyos del artículo 32 del Código Civil y Comercial.

Obligaciones del personal médico

Antes de la operación, el personal médico debe informar sobre:

  • lo que implica la operación para tu salud;
  • las características de la cirugía, sus posibilidades de volver atrás, sus riesgos y consecuencias;
  • la posibilidad de usar otros métodos anticonceptivos no quirúrgicos.

Si el médico o la médica se niega a operarte por sus creencias religiosas o principios éticos, el establecimiento de salud en el que trabaja debe designar otro médico o médica para que lo reemplace.

Derecho a la Objeción de conciencia

Toda persona, ya sea médico/a o personal auxiliar del sistema de salud, tiene derecho a ejercer su objeción de conciencia sin consecuencia laboral alguna con respecto a estas prácticas médicas.

La existencia de objetores de conciencia no exime de responsabilidad, respecto de la realización de las prácticas requeridas, a las autoridades del establecimiento asistencial que corresponda, quienes están obligados a disponer los reemplazos necesarios de manera inmediata.

Cobertura

Los hospitales públicos, las obras sociales y prepagas deben realizar estas operaciones en forma totalmente gratuita.

Conocer tus derechos, es el primer paso para defenderlos.

Valeria C. Montenegro Abogada

Instagram @abogadavaleriamontenegrovm

Elpidio González 176 Local 3 Villa María

0353-154271885

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