[Tips Legales] Qué hacer si tenés que viajar al exterior con hijos menores

En épocas de receso escolar es normal y habitual planear las vacaciones familiares aprovechando que los hijos menores están de vacaciones. Pero, todo dependerá si los progenitores están juntos o no.

Escribe: Abogada Valeria Montenegro

En caso de que ambos progenitores estén juntos, serán éstos quienes acordarán cómo, cuándo y a donde viajaran, sea dentro o fuera del país.

Sin embargo, el conflicto suele surgir en caso de progenitores no convivientes a la hora de acordar en relación a las vacaciones ya que deberán ponderar sus propias vacaciones, la del otro y la de los hijos.

Si estás pensando en salir fuera del país con tus hijos menores, te dejo esta información de utilidad:

  • Viaje al exterior de un menor con ambos progenitores:

Deberás llevar el documento de identidad de cada uno, y el pasaporte (válido y vigente) y visa en caso de ser necesarios (esto es común en todas).

Además, deberás contar con la Partida de Nacimiento o Libreta de Matrimonio para acreditar que es hijo de ambos. Si adoptaste a tu hijo o hija tenés que presentar la resolución judicial que te dio la adopción.

  • Viaje al exterior de un menor con un solo progenitor, sin oposición del otro:

Además de los documentos de identidad de cada uno y del pasaporte y visa en caso de ser necesarios, si viajás con tu hijo o hija menor de 18 años sin la compañía del otro progenitor necesitás su permiso o autorización.

Ese permiso se puede hacer ante escribano público o ante las autoridades que correspondan, según el lugar de tu domicilio. Existe la posibilidad de un permiso válido hasta la mayoría de edad y los hijos en común quedarán autorizados a salir del país con uno o con el otro a cualquier destino. 

También existe la opción de permisos limitados, estos son para un viaje en específico o por un tiempo que puede ser revocado. Además, deberás contar con la Partida de Nacimiento o Libreta de Matrimonio para acreditar que es hijo de ambos.

Si adoptaste a tu hijo o hija tenés que presentar la resolución judicial que te dio la adopción.

  • Viaje al exterior de un menor con un solo progenitor, CON oposición del otro:

Necesitás lo mismo que en el apartado anterior, pero en el caso en que uno o ambos padres, no puedan o no quieran dar su consentimiento o si el menor se encuentra bajo guarda con fines de adopción o a disposición de un Juez, o en Establecimientos Nacionales o Provinciales será necesaria la Autorización Judicial Supletoria.

  • Viaje al exterior de un menor y un progenitor falleció:

Debés presentar la Partida de Nacimiento del menor para probar que es hijo de ambos y el certificado de defunción del progenitor fallecido.

  • Viaje al exterior de un menor y un progenitor se encuentra privado de la responsabilidad parental:

Junto con la documentación tenés que presentar la resolución judicial que le quitó o suspendió la responsabilidad parental al otro progenitor.

Importante:

Cualquiera sea el tipo de viaje, duración o destino, es imprescindible que el documento a presentar esté en buen estado de conservación y tener en cuenta que las constancias de DNI en trámite no son válidas como documentos de viaje.

Toda la documentación debe ser presentada en original o copia autenticada a los fines de acreditar identidad o vínculo invocado.

Se recomienda que previo al viaje se consulte en las oficinas administrativas de la DNM, sobre Autorizaciones Judiciales o Situaciones excepcionales sobre viaje de niños niñas y adolescentes.

Conocer tus derechos, es el primer paso para defenderlos.

También podés ver:

Valeria C. Montenegro Abogada

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