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[VIDEO] Divorcio administrativo: Modernizar y simplificar no puede ser a costa de perjudicar derechos esenciales
Por segunda vez, el gobierno intenta con un proyecto de ley donde propone la posibilidad de terminar un matrimonio por vía administrativa, sin la intervención de la Justicia.
Escribe: Abogada Valeria Montenegro
La disolución de un vínculo matrimonial, en la mayoría de los casos no es un proceso fácil e inocuo, sino que implica, además de toda la parte emocional, efectos trascendentales en la vida de todo el núcleo familiar, máxime si hay hijos en común menores.
El divorcio es un proceso legal y judicial que permite a las parejas poner fin a su matrimonio de manera formal. En el mismo es indispensable contar con asistencia letrada, quien será quien te explique los efectos y consecuencias del divorcio en los distintos ámbitos que se cimentaron en ese proyecto en común: atribución de la vivienda familiar, disolución de la comunidad de bienes, responsabilidad parental si existen hijos en común, distribución de las deudas si existieren, compensación económica en caso de desequilibrio económico, etc.
Cómo es el divorcio hoy
El divorcio se decreta judicialmente a petición de ambos o de uno solo de los cónyuges y debe ser acompañada de una propuesta que regule los efectos derivados de éste y las partes deben acompañar los elementos en que se fundan para pedir tal o cual cosa.
El Juez de familia será quien evalué las propuestas como así también el Ministerio Pupilar debiendo convocar a los cónyuges a una audiencia. Si hay un acuerdo justo y equitativo se homologa el acuerdo y se dicta el divorcio, caso contrario se decreta el divorcio y los restantes efectos del divorcio deberán ser dirimidos ante la Justicia con un análisis de pruebas más amplio.
Pero durante todo el proceso, las partes contaron con la asistencia de su abogado o abogada de confianza y del contralor del Juez a fin de que no se vulneren los derechos esenciales y básicos de nadie.
Qué implica el proyecto del Ejecutivo del divorcio administrativo
El Poder Ejecutivo envió a la Cámara de Diputados un proyecto de ley que según sus argumentos busca simplificar el proceso de divorcio, instituyendo la posibilidad de terminar un matrimonio por vía administrativa, sin la intervención de la justicia.
Se trata de la segunda vez que el gobierno intenta avanzar con esta iniciativa, ya que la misma formaba parte del texto original de la Ley Bases y, oportunamente, debió ser eliminada por falta de acuerdo y un fuerte rechazo del sector judicial.
La medida propone la modificación del artículo 435 del Código Civil y Comercial de la Nación con el fin de incluir el divorcio en sede administrativa como una de las causales de disolución del matrimonio.
Se le suma a la muerte de uno de los cónyuges o la presunción de fallecimiento a través de una sentencia judicial y al divorcio declarado judicialmente.
De acuerdo con la nueva fórmula, el divorcio en sede administrativa podrá realizarse únicamente si es solicitado de manera conjunta por ambos cónyuges. El trámite deberá formalizarse ante el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas correspondiente al último domicilio conyugal, agilizando el proceso y eliminando la intervención judicial en los casos de mutuo acuerdo (modificación del artículo 437 del mismo Código).
Y, por último, se pretende modificar el art. 51 de la Ley Nº 26.413, indicándose que «se inscribirán en los libros de matrimonios: (…) f) El divorcio en sede administrativa».
Dentro de los fundamentos del Mensaje Nº 60/2024, se expresa que este proyecto «pretende cubrir un faltante, el divorcio en sede administrativa permite a los cónyuges terminar su vínculo matrimonial de la misma manera que lo iniciaron: de mutuo acuerdo y ante el oficial público encargado del Registro de Estado Civil y Capacidad de las Personas, con un simple trámite administrativo.
Según el gobierno, además del tiempo y dinero “perdido” para las partes, los divorcios judiciales generan un incremento del número de causas en el sistema judicial. Procesos que podrían realizarse por medio de una vía administrativa, inundan los tribunales. Esto genera lentitud en el sistema y costos que recaen indirectamente sobre los contribuyentes.
Rechazo por parte de toda la abogacía y sistema judicial
A lo largo y ancho del país, los distintos Colegios de Abogados, profesionales del derecho y entendidos en la materia han expresado de forma contundente y clara su total y expreso rechazo y repudio al proyecto del divorcio administrativo.
El mensaje es el mismo, y los profesionales del derecho sostienen que bajo el pretexto de simplificar los trámites se ponen en riesgo muchos de los derechos de los contrayentes.
Hay un enorme desconocimiento de nuestro Código Civil ya que el proyecto no tiene en cuenta la necesidad de considerar integralmente todos los efectos del divorcio para garantizar la protección de la parte más vulnerable de la relación.
En muchos casos entre los cónyuges existe una asimetría de poder, y diferentes tipos de violencia, especialmente económica. La situación del cónyuge más débil cuya firma de divorcio ante la Administración-Registro Civil podría acarrearle pérdidas irreparables de derecho (por ej: compensación económica, que tiene plazo de caducidad de 6 meses para reclamar).
La intervención de un Juez y del profesional de la abogacía, otorgan seguridad a los cónyuges, ya que les permite a las partes conocer sus derechos y obligaciones, brinda transparencia y preserva las garantías constitucionales, impidiendo el menoscabo de derechos fundamentales de personas en situaciones de violencia o de especial vulnerabilidad.
En resumen
¿El divorcio es un simple acto administrativo? CLARO QUE NO
Los efectos de la ruptura del matrimonio requieren, de manera indispensable del control de la Justicia y asistencia de profesionales de la abogacía, ya que se dirimen cuestiones atinentes al régimen de cuidado de los hijos menores, deber de comunicación, alimentos, bienes comunes, compensación económica, entre otros aspectos. no contemplados en la iniciativa, lo que incrementa la inseguridad y aumenta el riesgo de la pérdida de derechos en situaciones en donde los cónyuges sufra violencia o sea vulnerable.
No nos dejemos engañar con un discurso que repite palabras como simplificar, modernizar, libertad, etc.
Las consecuencias jurídicas de la disolución del vínculo matrimonial deben ser anoticiada y explicada por profesionales competentes, y el proceso debe ser contralado por un Juez quien será el encargado de velar de que no se vulneren derechos esenciales de los cónyuges.
Asesórate siempre con tu abogado o abogada de confianza antes de efectuar cualquier acto con consecuencias jurídicas sobre tu persona, tu familia y tus bienes.
Conocer tus derechos, es el primer paso para defenderlos.
- Valeria C. Montenegro Abogada
Instagram @abogadavaleriamontenegrovm
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