Violencia familiar contra personas con discapacidad:  Vulnerabilidad dentro de las paredes del hogar [Video]

Todas las personas tenemos derecho a una vida libre de violencia. La invisibilización de la discapacidad aumenta su vulnerabilidad como víctimas de violencia intrafamiliar.

Escribe: Abogada Valeria Montenegro

Con violencia familiar nos referimos a aquella que podemos sufrir por parte de algunos de los integrantes del grupo familiar, entendiéndose por tal el surgido del matrimonio, de uniones convivenciales o de relaciones afectivas, sean convivientes o no, persista o haya cesado el vínculo.

Comprende a ascendientes, descendientes, colaterales y afines, como asimismo las mujeres que fueren víctimas de violencia de género producida con la modalidad doméstica con el alcance previsto en el inciso a) del artículo 6º de la Ley Nacional Nº 26485.

Es importante destacar que la violencia familiar no se refiere exclusivamente a las mujeres, por lo que varones también pueden ser víctimas.

Aunque es menos frecuente que los mismos lleguen a denunciar o pedir intervención, atento los estereotipos y prejuicios que hay socialmente instaurados respecto de las masculinidades.

Otro dato a tener en cuenta es que existen grupos de personas que por sus características son más propensos a ser víctimas de violencia familiar, dada su dependencia del familiar cuidador, como lo son por ejemplo los niños, los adultos mayores y las personas con discapacidad, y sobre este último grupo es que hoy quiero hablarte.

La invisibilización de la discapacidad

Se considera que una persona tiene discapacidad si padece alguna deficiencia motriz, sensorial, intelectual o mental y no puede participar de manera plena y en igualdad de condiciones en la sociedad porque se encuentra con alguna barrera que se los impide.

Esta discapacidad puede ser permanente o transitoria; congénita o adquirida luego (por ejemplo, a raíz de un accidente).

En palabras de la Corte IDH, “…la discapacidad no se define exclusivamente por la presencia de una deficiencia física, mental, intelectual o sensorial, sino que se interrelaciona con las barreras o limitaciones que socialmente existen para que las personas puedan ejercer sus derechos de manera efectiva”.

“Los tipos de límites o barreras que comúnmente encuentran las personas con diversidad funcional en la sociedad son, entre otras, barreras físicas o arquitectónicas, comunicativas, actitudinales o socioeconómicas”, (Corte IDH, Caso “Furlan y Familiares vs. Argentina”, sentencia del 31 de agosto de 2012, Serie C N° 246, párr. 133).

Los abusos que pueden sufrir incluyen violencia física, violencia sexual, abuso psicológico, descuido, confinamiento y amenazas verbales

Las personas con discapacidad pueden enfrentar graves abusos y abandono por parte de familiares, y lamentablemente cuentan con escasa protección y no por falta de leyes, sino por falta de capacitación y concientización y por la ausencia de políticas públicas que fomenten la vida independiente de las personas con discapacidad mediante la eliminación de barreras sociales para el acceso a sus derechos.

Los abusos que pueden sufrir incluyen violencia física, violencia sexual, abuso psicológico, descuido, confinamiento y amenazas verbales, mayormente en aquellas personas que necesitan un apoyo más intenso para realizar las tareas cotidianas y básicas, como la vivienda, la alimentación y la higiene y dependen en gran medida o totalmente de sus familiares.

Barreras a la hora de denunciar hechos de violencia

Mucho se habla hace un tiempo de los obstáculos que padecen las mujeres víctimas de violencia de género, lo cual contribuyó a la reforma de procedimientos y protocolos a la hora de requerir la intervención de la Justicia y de distintos organismos que fueron creados a tales fines.

Esto no ocurre de la misma forma con otras minorías con las cuales el estado está en deuda, como lo son, por ejemplo, las personas con discapacidad, ya que estas tienen muchos obstáculos a la hora de acceder a protección contra los abusos y en la búsqueda de justicia en igualdad de condiciones que las demás personas.

Las normas internacionales de derechos humanos exigen a los gobiernos que protejan a las personas con discapacidad contra la violencia y el descuido, incluso por parte de familiares, y garantizar que estas personas tengan acceso a la justicia, siendo su obligación la eliminación de las barreras existentes.

¿Cómo se denuncia un hecho de violencia familiar?

Te dejamos estos datos básicos para que tengas en cuenta si sos víctima de violencia familiar o conoces a alguien que la esté sufriendo y querés ayudarlo:

  • DÓNDE SE DENUNCIA: Se puede denunciar en cualquier unidad Judicial de la ciudad de Córdoba y del interior de la provincia, las cuales atienden las 24 hs, todos los días del año.  En las oficinas de las Fiscalías de Instrucción que se encuentren de turno en cada sede judicial.
  • QUIÉN PUEDE DENUNCIAR: Cualquier persona puede denunciar un hecho de violencia familiar. Cuando las víctimas fueran menores de edad, incapaces, ancianos o discapacitados que estén imposibilitados de accionar por sí mismos, están obligados a hacerlo sus representantes legales, los obligados por alimentos o el Ministerio Público Fiscal.

También quienes se desempeñen en organismos asistenciales, educativos, de salud y de justicia y en general, quienes desde el ámbito público o privado tomen conocimiento de situaciones de violencia familiar o tengan sospechas serias de que puedan existir.

En el caso de que sea una persona que posea algún tipo de discapacidad que no le impida denunciar por sí mismo, pero que tenga algún tipo de impedimento para expresarse o no se sienta cómodo haciéndolo solo, tiene que saber que tiene derecho de ir acompañado de alguien de su confianza y que puede asistirse de aquellas pruebas o documentos que hagan a su derecho.

Muchas veces el agente que va a receptar la denunciar desconoce que la víctima tiene algún tipo de discapacidad porque la misma no es perceptible a simple vista, y más si el denunciante no hace mención alguna a la misma ni muestra su CUD (certificado único de discapacidad) en caso de que lo estime necesario a fin de que el agente adecue su tarea conforme fuere necesario para garantizarle su derecho al acceso a la justicia. 

Por ello en estos casos es importante que pueda ir acompañado de alguien que lo asista de su confianza, sea un conocido o un abogado.

Es importante que puedas llevar tu DNI y datos identificatorios (nombre, dirección, teléfono) tanto de la víctima como del victimario.

RESERVA Y SECRETO: Según lo dispone la Ley Provincial n° 9283 -Violencia Familiar-, tanto la identidad del denunciante como las actuaciones generadas tienen el carácter de reservado. Todo agente o funcionario administrativo o judicial está obligado a guardar secreto.

El denunciante puede solicitar que su nombre y firma no aparezca en la denuncia. En ese caso, su identidad se hará constar en una declaración que guardará en sobre cerrado y anexará al formulario respectivo.

¿QUÉ PUEDO DENUNCIAR? Hechos de violencia sea esta física, verbal, psicológica, sexual y económica cuyo victimario es integrante del grupo familiar de la víctima.

El denunciante tiene el derecho de recibir una copia de la denuncia y, asimismo, se le informará sobre las medidas protectivas que la ley pone a su disposición, las cuales se resolverán conforme la gravedad de los hechos relatados.

Recordá siempre que tenés derecho a contar con asistencia letrada, sea gratuita provista por el estado o asesorarte con un abogado de tu confianza.

Conocer tus derechos, es el primer paso para defenderlos.

También podés ver:

  • Valeria C. Montenegro Abogada
  • Instagram @abogadavaleriamontenegrovm
  • Elpidio González 176 –  Local 3 – Villa María
  • 0353-154271885
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